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Formulario de búsqueda

Control y Prevención del Lavado de Dinero

Marco Regulatorio

Las principales regulaciones vigentes en Bolivia respecto a legitimación de ganancias ilícitas y conocimiento del cliente son: 

 
  • La Ley N°1768 de 10/03/97 de Modificaciones del Código Penal.
  • La Ley N° 004 de 31/03/2010 Ley de Lucha Contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz”.
  • La Ley 170 de 9 de septiembre de 2011 de modificaciones al Código Penal “Financiamiento del Terrorismo”.
  • La Ley 262 de 30 de julio de 2012, Régimen de Congelamiento de Fondos y Otros Activos de Personas Vinculadas con Acciones de Terrorismo y Financiamiento del Terrorismo, modificaciones al Código Penal, “Uso indebido de Información Privilegiada”, “Terrorismo”, “Legitimación de Ganancias Ilícitas” y “Financiamiento del Terrorismo”.
  • El Decreto Supremo N° 24771 de 31 de julio de 1997 que aprueba el Reglamento de la Unidad de Investigaciones Financieras.
  • El Decreto Supremo N° 29681 de 20 de agosto de 2008 sobre las operaciones de internación y salida física de divisas del territorio nacional.
  • El Decreto Supremo N° 0910 de 15 de junio de 2011 que reglamenta el régimen de infracciones y los procedimientos para la detección y aplicación de sanciones administrativas en lo concerniente a la Legitimación de Ganancias Ilícitas por parte de la UIF y ASFI.
  • El Decreto Supremo N° 1233 de 16 de mayo de 2012 que reglamenta el Sistema de Declaración de Bienes y Rentas
  • El Decreto Supremo N° 1553 de 10 de abril de 2013, procedimientos complementarios relacionados con el Régimen de Congelamiento de Fondos y otros Activos.
  • La Resolución N° UIF/DIR/001/08 de 23 de junio de 2008  y UIF/001/2010 de 19 de agosto de 2010 emitidas por la UIF, referente a listas de Personas Expuestas Políticamente (PEP´s).
  • Circular UIF/004/2008 de 7 de mayo de 2008.
  • Resolución UIF/001/2010 de 19 de agosto de 2010, elaboración de listas PEP.
  • La Resolución Administrativa UIF/001/2013 de 2 de enero de 2013 que aprueba las modificaciones al “Manual de Procedimientos Operativos para la Detección, Prevención, Control y Reporte de Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento del Terrorismo y/o Delitos Precedentes con Enfoque Basado en Gestión de Riesgo para el Sistema Financiero y Servicios Auxiliares”.
  • La Resolución Administrativa UIF/023/2012 de 15 de abril de 2013, que aprueba el Instructivo Específico para el Congelamiento Preventivo de Fondos y Otros Activos.
  • La Circular ASFI/143/2012 de 14 de septiembre de 2012, modificación al Reglamento para la Prevención, Detección y Control de Legitimación de Ganancias Ilícitas.
  • La Ley N°393 del 21 de agosto de 2013 “Ley de Servicios Financieros”.
  • El Decreto Supremo 1969 del 9 de abril de 2014 “Reglamento de la transformación de la Unidad de Investigaciones Financieras – UIF”.
  • La Resolución Administrativa UIF/DAFL/02/2016 de fecha 17 de marzo de 2016   que aprueba, el nuevo formulario ROS, la guía para el llenado del formulario ROS, el reglamento para los Reportes de Operación Sospechosa de los Sujetos Obligados, la plataforma virtual de envío de Reporte de Operación Sospechosa , su puesta en producción y el manual de usuario de la plataforma virtual así como la autorización de la correspondiente implementación de los mismos a partir de la emisión de esta resolución administrativa.
  • La Resolución Administrativa Nº UIF/021/2019 que aprueba y pone en vigencia el Instructivo de Cumplimiento para las Entidades de Intermediación Financiera con enfoque basado en Gestión de Riesgos Sobre Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento del Terrorismo y Delitos Precedentes.
 
Unidad de Investigaciones Financieras (U.I.F)
 
La Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) es una entidad pública descentralizada con personalidad jurídica de derecho público, autonomía de gestión administrativa, financiera, legal y técnica, bajo tuición del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas,  y es la unidad encargada de recibir, solicitar, analizar y, en su caso, transmitir a las autoridades competentes la información necesaria debidamente procesada vinculada a la legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento.
 
Estructuras y Políticas Internas Banco BISA
 
El Banco BISA S.A. en cumplimiento a disposiciones legales en vigencia, ha implementado mecanismos de control interno para evitar que la Institución sea utilizada para actividades de legitimación de ganancias ilícitas y financiamiento al terrorismo.
El programa general antilavado de dinero del Banco, incluye el permanente análisis e implementación de políticas y procedimientos que coadyuven a la labor de prevención y control; la capacitación y actualización de nuestro personal también se constituye en un pilar fundamental del mismo.
El Banco cuenta con una estructura orgánica encargada de analizar, evaluar y controlar transacciones de todos nuestros clientes y usuarios que presenten características inusuales y/o sospechosas, a través de un software que emite alertas por desvíos transaccionales.
La coordinación general de la Unidad de de Prevención y Cumplimiento del Banco BISA S.A. está a cargo del "Funcionario Responsable".
Se ha resaltado en nuestras normas, reglamentaciones internas y en Política Y Manual Para La Prevención Y Control De Lavado De Dinero Y Financiamiento Del Terrorismo Y Delitos Precedentes, que la responsabilidad sobre el control de las transacciones Banco - Cliente recae en cada funcionario que forma parte de la Institución a través de la política "Conozca a su Cliente".
Nuestro objetivo, con este enfoque de responsabilidad compartida, es lograr el compromiso de todo el personal que trabaja en el Banco BISA S.A., de la obligatoriedad del "Conocimiento del Cliente" que es el aspecto fundamental para la prevención y detección de legitimación de ganancias ilícitas, financiamiento al terrorismo y Delitos Precedentes.
 
Auditorías Internas y Externas
 
De acuerdo a requerimientos de los entes reguladores, Banco Bisa S.A. ha implementado programas de auditoría interna para evaluar la razonabilidad de los sistemas de prevención, detección y reporte.
El área de Auditoría Interna del Banco Bisa, tiene establecido dentro de su Plan de Trabajo la realización de auditorías semestrales, en las cuales se verifica el cumplimiento de procesos y controles que aplica el Banco en cuanto a prevención y control de legitimación de ganancias ilícitas, financiamiento al terrorismo y Delitos Precedentes.
Igualmente nuestros Auditores Externos (numeral 9, Artículo 18 del D.S 24771 de fecha 31 de julio de 1997) realizan una revisión anual de todos los procedimientos de control y prevención vigentes en la Institución relacionados al tema de legitimación de ganancias ilícitas, financiamiento al terrorismo y Delitos Precedentes, su aplicación y el grado de cumplimiento de las normas nacionales e internacionales.